Sunday, January 13, 2013

Consejos para elegir un Notario



| Editorial Metroscubicos


En cualquier operación inmobiliaria, pero principalmente en la compra de una casa o departamento, hay un gasto que no toda la gente contempla: los honorarios del Notario. Cualquiera que sea la cantidad, es algo que pocas personas asumen como parte de la seguridad de la operación.

Sino fuera un requisito obligatorio, seguramente pocas personas pagarían por el servicio de esta figura cuyo principal cometido es dar fe de la operación de la compra-venta de un inmueble, interpretar la voluntad de las partes y plasmarla en la escritura correspondiente.

Esto significa que previo a la firma de cualquier contrato, el Notario verifica que el vendedor es el dueño de la propiedad, la cual cumple con las condiciones ideales para que pueda llevarse a cabo la transacción, entre otras observaciones.

Cómo se elige al Notario

Lo más común es que la gente acude con un Notario por recomendación de algún familiar o amigo. Sin embargo, en caso de no conozcas a nadie, puedes acudir al Colegio Notarial de tu entidad, donde encontrarás la lista de los presidentes del consejo, colegios y asociaciones de Notarios de las 32 entidades federativas, así como todos los servicios que ofrecen.

Recuerda que cada año en todas las entidades se realizan jornadas notariales en las que se aplican descuentos en la mayoría de los trámites en el pago de impuestos y derechos.

El notario cobra por resolver las dudas

No. La asesoría y consultoría que ofrecen los notarios es gratuita en todo el país. En el DF, por ejemplo, los martes, miércoles y jueves, a partir de las 4 pm, ofrecen consultoría gratuita en el Colegio de Notarios, ubicado en Río Tigris No. 63, en la Colonia Cuauhtémoc.

Cuánto cuesta escriturar

La escrituración de un inmueble es el documento que redacta y autoriza el Notario, donde se hace constar la compra-venta de un inmueble, la adjudicación de bienes por herencia o la constitución de sociedades, entre otros actos jurídicos.

El concepto de gastos de escrituración puede ser ambiguo. Al hacer una operación de compra-venta hay dos pagos obligados: el impuesto de adquisición de inmuebles, que en la Ciudad de México alcanza el 4.5% del valor de la vivienda; y los derechos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad, cuyo costo depende del valor de la vivienda. En DF por ejemplo, el rango más alto ronda los $13,000 pesos.

En el caso de la compra-venta de un inmueble, la escrituración está integrada por los documentos que se tramita para llevarlo a cabo, como son el avalúo o certificado de gravamen y constancias de no adeudos. Estos documentos conforman el 83% de los costos que cobra un Notario; el resto, es decir el 7%, son los honorarios notariales más el IVA correspondiente.

Para el calcular el valor de la vivienda, se toma como referencia el valor más alto entre el precio que fijan las partes; es decir, el que compra y el que vende, el valor catastral lo determina la Tesorería y el valor de avalúo o valor comercial lo expide un perito autorizado por el gobierno local de cada entidad.

Cabe destacar que no es un valor promedio, sino que el valor más alto es el que se tomará como valor de la vivienda.

Si tu casa es de interés social, los costos son menores pues hay subsidios que operan de manera automática al contratar el crédito correspondiente. En este caso los costos notariales bajan entre 40 y 60%, según lo que marca cada entidad.

Qué pasa sino acudes con un Notario

Cuando se compra un inmueble, en ocasiones las partes solicitan que el vendedor otorgue un poder irrevocable con facultades para actos de dominio, en lugar de firmar la escritura donde se haga constar la compra-venta. Esto trae consigo los siguientes inconvenientes:

1.- En el Registro Público de la Propiedad el inmueble seguirá a nombre del vendedor y cualquiera de sus acreedores podría embargarlo.

2.- El hecho de facultar a una persona para que venda un inmueble no impide que cometa un fraude y venda por segunda ocasión el mismo bien.

3.- Los poderes se extinguen cuando se presenta el fallecimiento del apoderado.

 

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