03 de Octubre del 2012 | Editorial Metroscubicos
La madrugada del sábado 30 de septiembre, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la reforma laboral propuesta por el Presidente Felipe Calderón, la cual incluye la reglamentación del outsourcing, los contratos de prueba y de capacitación inicial y pagos por hora.
Esta histórica reforma establece cambios a la Ley Federal del Trabajo que había permanecido prácticamente intacta desde 1970, año en que fue promulgada, es decir, hace 42 años.
Entre los aspectos que incluye la reforma está el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, el cual señala que el pago de salarios caídos se limita a 12 meses.
Lo anterior a pesar de que en la actualidad duran los juicios laborales hasta cinco años.
También se establece la regulación del llamado outsourcing; es decir, la subcontratación de personal o empresas que ocupan a empleados que trabajan para una empresa mayor, como es el caso de los trabajadores de mantenimiento y limpieza que operan prácticamente en todas las dependencias de gobierno y aeropuertos.
Se incluyen nuevas modalidades de contratación por hora, por obra o por temporada, así como autoriza los contratos a prueba y de capacitación inicial.
De igual forma, precisa que el patrón queda facultado para que al término de este tipo de contratos determine si el trabajador es apto para desempeñar el cargo, y en caso de que considere que no lo es, pueda despedirlo sin pago de indemnización alguna.
También se aprobó el artículo 83 de la reforma laboral, donde se establece que el trabajador y el patrón podrán convenir el monto de pago por hora.
Los cambios establecen que el pago por cada hora de prestación de servicio no deberá exceder la jornada máxima legal y se deberán respetar los derechos laborales y de seguridad social, que correspondan a la plaza que se trate.
Esto quiere decir que de ninguna manera se verán afectadas las prestaciones a las que tienen derecho los trabajadores, como son el Seguro Social, Infonavit, Afore, aguinaldo, reparto de utilidades, vacaciones, etcétera.
Los 10 principales puntos que fueron aprobados
1.- Se aprueba el régimen de subcontratación o outsourcing; es decir, las condiciones en que debe de darse, las obligaciones del contratista, así como las consecuencias de su incumplimiento. Queda prácticamente en los mismo términos que la propuesta presentada.
2.- Respecto del pago por hora a los trabajadores, se establece que no podrán laborar más de ocho horas diarias y que el pago no podrá ser menor a la parte proporcional del salario mínimo vigente.
3.- Se amplía la licencia de maternidad a ocho semanas en caso de que el nacido presente alguna discapacidad o requiera de hospitalización para recibir atención médica. Asimismo, se otorgará un permiso de seis semanas en caso de adopción.
4.- Se autoriza el pago del salario por medios electrónicos que antes no estaba contemplado en la ley.
5.- Se permite el trabajo desde el hogar, un avance para los trabajadores con hijos pequeños, y habrá licencia de paternidad.
6.- Habrá contratos por temporada de 30 días para trabajadores en general y 60 para personal de confianza. Se establece que de no acreditar la competencia del trabajador, se dará por terminada la relación de trabajo, sin ningún tipo de responsabilidad social o laboral del patrón, sólo se le pagara las prestaciones devengadas por el periodo de prueba.
7.- Para los contratos de prueba y capacitación inicial se deberá tomar en cuenta la opinión de la Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento en caso de que se pretenda terminarlos.
8.- Se notificará el despido del empleado de manera personal, en la Junta Local o por correo certificado, dentro de los primeros 5 días de ocurrido.
9.- Se ampliarán las sanciones a aquellos abogados o funcionarios que obstaculicen la resolución de un juicio laboral.
10.- Se aumentó la indemnización a 5 mil días de salario mínimo, de 730 que son actualmente, en caso de un accidente laboral que ocasione la muerte del trabajador.
Los cambios más notorios, debido a su ausencia, son los relativos a los sindicatos. De la propuesta original sólo queda la obligación de incluir en los estatutos sindicales los mecanismos para rendición de cuentas y la eliminación de la obligación del patrón de despedir a los trabajadores miembros del sindicato que renuncien o sean expulsados de éste.
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